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disp final LOGP

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Disposición final primera. Los derechos reconocidos a los internos en esta Ley podrán ser suspendidos parcial y temporalmente por acuerdos de los Ministerios de Justicia e Interior en los supuestos de graves alteraciones del orden en un centro, que obliguen a la autoridad penitenciaria a requerir la intervención de los Cuerpos de Seguridad del Estado.

Actualemente aunque ya no nos encontremos en el Ministerio de Justicia y solo estemos en el de Interior, si nos preguntasen por estos acuerdos seguiriamos respondienod ambos ministerios? ya que la LOGP no esta actualizada y no dice nada al respecto?

laurairiarte

1 respuesta

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Respuesta del preparador

Aqui siempre hay que ver el contexto de la pregunta oficial y las opciones de respuesta. La regla general suele ser examen tipo test a la literalidad del articulo “Ministerio de Justicia” en este caso; un supuesto sería lo que realmente es “Ministerio de Interior”.

Habra que ver si te esta preguntando literal que sería algo tal que así: “Conforme la Disposicion Final LOGP establece que …” y si encuentras entre las opciones “Ministerior Interior y Justicia” blanco y en botella.

planificaprisiones

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