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Tema 14: Actividad de las Administraciones y silencio administrativo — los artículos que más caen, con el texto literal del BOE

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Los seis artículos del tema 14 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias que más preguntas suman en los exámenes oficiales, con el texto literal del BOE en pantalla, la explicación y cómo se preguntaron: silencio administrativo y su certificado (art. 24 Ley 39/2015), relación electrónica (art. 14), principios de intervención (art. 4 Ley 40/2015), derechos de las personas (art. 13 Ley 39/2015), sede electrónica (art. 38 Ley 40/2015) y sesiones de los órganos colegiados (art. 17).

Lo que aprenderás

  • ✓A solicitud del interesado: silencio estimatorio, salvo norma con rango de ley, europea o internacional en contra
  • ✓Intervención: proporcionalidad, medida menos restrictiva y motivar su necesidad por el interés público
  • ✓Certificado del silencio: de oficio, en quince días
  • ✓Obligados a relación electrónica: personas jurídicas y quien representa a un obligado, entre otros
  • ✓Fuera del orden del día: todos presentes y urgencia declarada por mayoría

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Transcripción del vídeo
Bienvenido a serfuncionario. Tema catorce de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias: la actividad de las Administraciones Públicas y el silencio administrativo. Vamos a leer la ley. Estos son los seis artículos de este tema que más preguntas suman en los exámenes oficiales, de las Leyes treinta y nueve y cuarenta de dos mil quince. El que más, el silencio administrativo. Empezamos. Primer artículo: el veinticuatro de la Ley treinta y nueve, el silencio en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado. La regla general es el silencio positivo: si vence el plazo máximo sin notificarse resolución expresa, el interesado está legitimado «para entenderla estimada por silencio administrativo», salvo que una norma con rango de ley, o de Derecho de la Unión Europea o internacional aplicable en España, establezca lo contrario. Así cayó en dos mil veinte: la norma general. Procedimientos a solicitud del interesado y silencio estimatorio. Una trampa cambiaba el sentido del silencio, otra hablaba de procedimientos de oficio, que no son los de este artículo, y otra elegía justo una de las excepciones: en el derecho de petición el silencio es desestimatorio. Esas excepciones están en el mismo apartado. El silencio es desestimatorio, entre otros, en los procedimientos relativos al ejercicio del «derecho de petición, a que se refiere el artículo 29 de la Constitución», en los que transfieran facultades sobre el dominio público o el servicio público, en los que puedan dañar el medio ambiente y en los de responsabilidad patrimonial. Y también en los de impugnación de actos y disposiciones y en los de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados. Con un matiz, el doble silencio. Si se interpone recurso de alzada contra la desestimación por silencio de una solicitud, y el órgano tampoco resuelve el recurso en plazo, «se entenderá estimado el mismo si, llegado el plazo de resolución, el órgano administrativo competente no dictase y notificase resolución expresa», siempre que no se refiera a las materias enumeradas en el párrafo anterior. El silencio se puede acreditar con un certificado. Ese certificado «se expedirá de oficio por el órgano competente para resolver en el plazo de quince días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento». Y el interesado también puede pedirlo en cualquier momento; entonces los quince días se cuentan «desde el día siguiente a aquél en que la petición tuviese entrada en el registro electrónico» del órgano competente para resolver. Así cayó en dos mil veintitrés, con tres detalles cambiados: diez días en vez de quince, el plazo contado desde el mismo día de entrada de la petición en vez de desde el día siguiente, y una mezcla entre la expedición de oficio y la petición del interesado. La buena: de oficio, por el órgano competente para resolver, en quince días desde que expire el plazo máximo para resolver. Segundo: el artículo catorce, la relación electrónica. Las personas físicas pueden elegir si se comunican por medios electrónicos o no, y cambiar de medio en cualquier momento, salvo que estén obligadas. Y están obligados, al menos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria para los trámites de esa actividad, y «Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración». También los empleados públicos, para los trámites que hagan por su condición de empleado público. Así cayó en dos mil veinticinco, con tres opciones retocadas. El medio elegido se puede cambiar en cualquier momento, no solo hasta la resolución. La letra c obliga a los profesionales con colegiación obligatoria, para los trámites de esa actividad; la opción que hablaba de los que no la requieren no está en la ley. Y las personas jurídicas no eligen: están obligadas. La correcta: está obligado quien representa a un interesado que esté obligado. Tercero: el artículo cuatro de la Ley cuarenta, los principios de intervención. Cuando una Administración limita derechos o exige requisitos para desarrollar una actividad, debe «aplicar el principio de proporcionalidad y elegir la medida menos restrictiva, motivar su necesidad para la protección del interés público», justificar su adecuación a los fines y no crear diferencias de trato discriminatorias. Además, deben evaluar periódicamente sus efectos y resultados. Así cayó en dos mil veinticuatro. Servicio efectivo a los ciudadanos, responsabilidad por la gestión pública y eficacia en el cumplimiento de los objetivos son principios generales del artículo tres, no de intervención. La del artículo cuatro es la C: motivar su necesidad para la protección del interés público. Cuarto: el artículo trece de la Ley treinta y nueve, los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones. El que cayó es la letra c: el derecho «A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico». Así cayó en la convocatoria de dos mil veintiuno y dos mil veintidós. Las trampas estiraban o recortaban el derecho: usar cualquier lengua cooficial en todo el territorio nacional, o tramitarlo siempre todo en castellano ante la Administración General del Estado. La correcta era la copia de la letra c: las lenguas oficiales en el territorio de su comunidad autónoma. Quinto: el artículo treinta y ocho de la Ley cuarenta. La sede electrónica es «aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública», o a organismos públicos o entidades de Derecho Público, en el ejercicio de sus competencias. Así cayó en la convocatoria de dos mil veintiuno y dos mil veintidós, mezclando definiciones vecinas. El punto de acceso que da acceso por internet a la información publicada es el portal de internet, del artículo treinta y nueve. La actuación realizada íntegramente por medios electrónicos sin intervención directa de un empleado público es la actuación administrativa automatizada, del artículo cuarenta y uno. La sede electrónica es la dirección electrónica del artículo treinta y ocho. Y sexto: el artículo diecisiete de la Ley cuarenta, las sesiones de los órganos colegiados. Ningún asunto fuera del orden del día puede deliberarse o acordarse, «salvo que asistan todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría». Y la regla de los acuerdos: «Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos». Así cayó en dos mil veinte, pidiendo la que no está en la ley. La falsa decía que los asuntos fuera del orden del día se aprueban por tres quintas partes. Esa mayoría no existe en el artículo diecisiete: fuera del orden del día hace falta que asistan todos los miembros y que la urgencia se declare por mayoría. Repasamos. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el silencio es estimatorio, salvo que una norma con rango de ley o del Derecho europeo o internacional diga lo contrario. Es desestimatorio, entre otros, en el derecho de petición y en la responsabilidad patrimonial. El certificado del silencio se expide de oficio en quince días. Están obligados a relacionarse electrónicamente, entre otros, las personas jurídicas y quien representa a un interesado obligado. Si una Administración limita derechos o exige requisitos para una actividad: proporcionalidad, la medida menos restrictiva y motivar su necesidad por el interés público. Tienes derecho a usar las lenguas oficiales en el territorio de tu comunidad autónoma. La sede electrónica es la dirección electrónica cuya titularidad corresponde a una Administración. Y en un órgano colegiado, fuera del orden del día solo se decide con todos los miembros presentes y la urgencia declarada por mayoría. Ahora ponte a prueba con el test del tema. Mucho ánimo.

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